martes, diciembre 21, 2010

Jesús Cantú : Condenado por la opinión pública

Condenado por la opinión pública
Jesús Cantú


MÉXICO, D.F., 20 de diciembre.- En este caso no fueron videos; fueron solamente grabaciones de audio, pero su difusión fue igual de contundente: La transmisión de la conversación telefónica entre Julio César Godoy Toscano y Servando Gómez Martínez, alias La Tuta, en radio, televisión e internet, construyó una opinión pública adversa al exdiputado federal. El audio evidenciaba la familiaridad entre uno de los capos de La Familia Michoacana y el entonces candidato a legislador. Al respecto, Godoy Toscano interpuso argumentos formales o tecnicismo jurídicos, pero jamás pudo sostener frontalmente que no fuera su voz. Y la opinión pública no entiende de formalismos legales.

Por si esto fuera poco, unos días después se divulgó que el entonces diputado había hecho depósitos en un par de cuentas de cheques por casi 25 millones de pesos en un lapso de tres años y medio, sin que en ese mismo periodo hubiese siquiera rendido una declaración de impuestos. Los alegatos del entonces diputado apenas pudieron acreditar ingresos por menos de una tercera parte de dicho monto y, desde luego, nunca justificar la ausencia de declaraciones ante Hacienda.


El vínculo estaba ya sembrado en la opinión pública nacional: estos ingresos únicamente podían explicarse en función de la relación de Godoy Toscano con el crimen organizado. Éste y su defensa mantienen la línea argumentativa que les puede resultar favorable en los tribunales, pero que no demuestra su inocencia y menos puede resultar exitosa ante la ciudadanía. En este escenario el desafuero concretado el pasado martes 14 de diciembre fue un mero formalismo.

Es la segunda ocasión en poco más de 73 meses que la Cámara de Diputados desafuera a legisladores perredistas, y en ambas ocasiones la mayoría de la bancada del partido del sol azteca votó favorablemente al sentido el dictamen.

El 4 de noviembre de 2004, el Pleno de Diputados, erigido en Jurado de Procedencia, aprobó el dictamen para desaforar a René Bejarano con únicamente siete votos en contra y 15 abstenciones. En el caso de Godoy Toscano fueron sólo dos votos en contra, aunque hubo 21 abstenciones.

Al hablar en nombre de su grupo parlamentario, Alejandro Encinas dejó claro su posicionamiento: “Será la autoridad competente quien lo resuelva, pero queremos dejar claro ante la sociedad, ante todas las mexicanas y los mexicanos, que de ninguna manera nuestro grupo parlamentario, nuestro partido, incurrirá en acciones que provoquen sospecha sobre nuestro desempeño legislativo, sobre nuestra honorabilidad y sobre nuestras responsabilidades políticas. Por ello, quiero dejar claramente establecido nuestro deslinde tajante de cualquier relación con acciones delictivas y con la delincuencia organizada. El país requiere de transparencia y congruencia entre quienes desempeñamos funciones públicas”.

Más que la definición frente a los legisladores y la fundamentación del sentido de su voto, era una respuesta a la opinión pública, a los ciudadanos, sobre todo a los electores, que deben expresar su veredicto en las urnas. Era el partido rendido frente a la soberanía popular: los medios habían exhibido las evidencias en contra de Godoy Toscano y éste ni siquiera había intentado desvirtuarlas; frente al hecho, más valía dejar la vía libre a la acción judicial para intentar recuperar credibilidad ante la opinión pública.

Sin embargo, la actitud asumida por el PRD no es compartida por el resto de los partidos políticos; al contrario, particularmente el PRI se atrinchera en su peso legislativo y político para defender a ultranza a sus militantes. En los últimos 75 años se han resuelto cuatro solicitudes de procedencia contra cuatro legisladores: el 30 de julio de 1983, desaforaron a Jorge Díaz Serrano, por haber defraudado a Pemex con 5 mil millones de pesos (Díaz Serrano fue el símbolo de la llamada “renovación moral” del gobierno de Miguel de la Madrid, y su desafuero fue un mero acto protocolario, pues en ese entonces el Legislativo simplemente formalizaba las decisiones presidenciales); en 1994, 11 años después, una solicitud de licencia fantasma del desaparecido diputado federal tricolor Manuel Muñoz Rocha, acusado de ser el autor intelectual del crimen de José Francisco Ruiz Massieu, permitió evadir la votación en el Pleno, pues se interpretó que con dicha licencia se suprimía el fuero y, por lo tanto, era innecesario el desafuero. Y los dos desafueros ya comentados: el de René Bejarano, en 2004, y el de Godoy Toscano, apenas el martes pasado.

Pero no hay que olvidar la defensa que realizó el grupo parlamentario tricolor en septiembre de 2003 para evitar incluso la discusión en el Pleno del desafuero del entonces senador Luis Ricardo Aldana, también líder del sindicato petrolero, por el desvío de recursos de Pemex a la campaña electoral del candidato presidencial priista en 2000, Francisco Labastida, es decir, como presunto responsable del conocido Pemexgate. La PGR solicitó iniciar el Procedimiento de Declaración de Procedencia en octubre de 2002; la Sección Instructora dictaminó a favor de la procedencia en junio de 2003, turnó el dictamen a la Comisión Permanente con el fin de que ésta convocara a un periodo extraordinario de la Cámara de Diputados para erigirse en Jurado de Procedencia, pero el 25 de agosto se denegó dicha solicitud porque no logró reunir los votos de las dos terceras partes de los miembros de la comisión.

Al cambio de Legislatura, el presidente de la mesa directiva de la Cámara, Juan de Dios Castro Lozano, convocó a erigirse en Jurado de Procedencia para el miércoles 17 de septiembre; pero nuevamente la bancada tricolor, mediante argucias formales –los dictámenes que no se votaron en el Pleno al concluir una Legislatura tienen que regresar a comisiones en la nueva antes de llevarse al Pleno–, logró echar abajo dicha convocatoria en apretada votación, con únicamente siete votos de diferencia, el 9 de septiembre.

Pero no sólo los legisladores tienen el denominado fuero constitucional; hay otros funcionarios que también disponen de él, como los gobernadores y el jefe de Gobierno del DF, y aquí también hay casos y comportamientos interesantes. En el caso del entonces jefe de Gobierno del Distrito Federal Andrés Manuel López Obrador, la Cámara de Diputados lo desaforó el 7 de abril de 2005, con el voto en contra de toda la bancada perredista y de algunos diputados priistas.

En contraste, a pesar de que el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación dictaminó, el 14 de octubre de 2009, que el entonces gobernador de Oaxaca, Ulises Ruiz, era presuntamente responsable de las graves violaciones a los derechos humanos durante los hechos violentos ocurridos en aquella entidad en 2006 y 2007, nunca se inició ningún procedimiento ni en la Cámara de Diputados –cuya decisión únicamente hubiese sido declarativa, pues es el Congreso estatal el que debe resolver en definitiva– ni en el Congreso del estado; nuevamente funcionó la protección a ultranza de los legisladores tricolores a sus militantes.

En el caso de los panistas, quizá el episodio más significativo es el correspondiente al exgobernador de Morelos Sergio Estrada Cajigal, a quien el Congreso estatal destituyó, el 24 de octubre de 2004, con el voto en contra de los 10 legisladores blanquiazules, acusado de proteger en su cargo al coordinador estatal de la Policía Ministerial, José Agustín López, acusado de narcotráfico; el asunto finalmente lo resolvió favorablemente para el gobernador el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

Así, los únicos tres desafueros que han procedido en México, desde que el Ejecutivo federal perdió el control del Legislativo, han sido contra perredistas. En los dos primeros casos –Bejarano y AMLO– finalmente fueron absueltos por el Poder Judicial, aunque López Obrador finalmente ni siquiera fue llevado ante el mismo, porque la PGR envió el expediente a la reserva; probablemente suceda otro tanto en el caso de Godoy Toscano, pues lo que fue muy efectivo para impactar en la opinión pública no necesariamente lo es para demostrar la llamada verdad jurídica; pero en cualquier caso, en las democracias consolidadas, ante la existencia de una duda razonable en la soberanía popular (la ciudadanía que emite su veredicto en las urnas), los partidos políticos normalmente prefieren plegarse ante la misma y respaldar las solicitudes de que sus militantes sean sometidos a juicio en las instancias judiciales. Esto es lo que ha sucedido en dos casos con el PRD, pero en México la práctica todavía no se generaliza. Otra muestra de que en nuestro país todavía falta mucho camino por recorrer en la construcción de la democracia.

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