sábado, diciembre 17, 2011

Fiesta punitiva : Miguel Concha Malo



Fiesta punitiva
Miguel Concha Malo



El país ha atravesado en años recientes por un profundo socavamiento de los derechos y las libertades de las personas. Ensayar un recuento podría resultar reiterativo, pues ya otras veces hemos destacado en esta columna los abusos del poder que vulneran la vida democrática de México, las lamentables y sistemáticas ejecuciones, desapariciones forzadas, tortura y atentados contra la libertad de expresión.

Con todo, hay algunas violaciones de derechos humanos que por su opacidad, o porque su ejecución pudiera parecer enmarcada en un contexto más regular –la procuración de justicia, por ejemplo– han tenido menos atención en los medios y en la agenda pública. En particular me refiero al número creciente y alarmante de detenciones legales, pero arbitrarias e indiscriminadas, que comete el gobierno federal desde que emprendió su estrategia contra la delincuencia organizada. Al respecto se publicó recientemente en la revista Proceso una entrevista concedida por Silvano Cantú, de la Comisión Mexicana de Defensa y Promoción de los Derechos Humanos (CMDPDH), a Gloria Leticia Díaz, en el contexto de una investigación exhaustiva que desa-rrolla esa organización sobre el arraigo penal y su relación con otras formas de detención.

Quizá, una de las cifras más interesantes que arroja el estudio –próximo a publicarse– es que, según informó la PGR vía el Ifai, tan sólo de enero a agosto de 2011 el gobierno federal ha detenido a 64 mil 820 personas. Para dar una idea de lo que esta cifra significa, Cantú la compara con el total de detenciones durante el sexenio anterior, equivalente a 79 mil 595. Ello significa que sólo en los primeros ocho meses de este año el gobierno federal alcanzó 81.43 por ciento del número de detenciones del sexenio pasado, y 97 por ciento de todo el periodo presidencial de Ernesto Zedillo (alrededor de 63 mil 126, según el Inegi).

La que vivimos es, como la califica el integrante de la CMDPDH, una fiesta punitiva. Si como advierte la nota de Proceso, la tasa promedio de detenciones este año es de 8 mil 102 personas por mes, a la vuelta de diciembre habremos tenido 97 mil 230 detenidos. Cifra mayor al total de cualquier sexenio anterior.



A la elocuencia de las cifras, hemos de agregar que uno de los datos más alarmantes de esta fiesta punitiva es que en las detenciones están involucrados no sólo el Ministerio Público o la Policía Federal, como cabría esperar en el marco de la normalidad democrática consagrada en la Constitución, sino también la Marina y el Ejército. Lo que amerita la calificación de militarización de la justicia penal, como también afirma Cantú.

Según las cifras mencionadas en la nota de Proceso, la participación de las fuerzas armadas en las detenciones equivale casi a 15 por ciento del total entre enero y agosto de este año, aunque la misma Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena) reporta en su sitio web que entre enero y octubre arrestó a 10 mil 363 personas. La conclusión a la que llega el texto citado es que o bien la Sedena detuvo a 2 mil 772 personas durante septiembre y octubre, o que no entregaron a la PGR la información completa.

En todo caso, ambas cifras preocupan por el alto nivel de discrecionalidad y opacidad que prima en el funcionamiento del poder punitivo del Estado en México. Un poder que debería emplearse con suma cautela, a fin de no minar la calidad de la democracia, y la integridad y seguridad de las personas. Esta militarización de la justicia penal es ante todo inconstitucional. Las autoridades facultadas por la Carta Magna para ejercer la persecución penal son los agentes del Ministerio Público, auxiliados para ello por cuerpos policiacos civiles y no por las fuerzas armadas, las cuales, de asumir esas tareas, estarían arrogándose poderes de excepción.

El artículo 21 de la Constitución es muy claro al respecto. Además, ahora que los derechos humanos contenidos en tratados internacionales forman parte de nuestro bloque de constitucionalidad, debe destacarse que cualquier detención es ilegal si es motivada por razones que no están claramente establecidas en leyes nacionales, o si no cumplen con los estándares sobre el debido proceso. Aunque la libertad personal es en muchos casos coextensiva con éste, lo que figura en primer plano en las detenciones practicadas en el marco de la actual política de seguridad, es que carecen de control jurisdiccional o se inscriben en el ámbito de meras pesquisas de dudoso respeto por las reglas del derecho penal, aproximándose más bien a arrestos administrativos con estándares relajados de ofrecimiento de pruebas, supervisión judicial e investigación ministerial.

El abuso de la figura de la flagrancia en México ha permitido que ésta se generalice. Sin embargo, aun cuando en todos los casos se hubiera dado el supuesto de flagrancia, faltaría que el Estado nos diera razón sobre los procesos judiciales seguidos contra las personas detenidas, a fin de que la comisión de los delitos invocados se dirima en juicio, con pruebas y todos los derechos procesales que corresponden. No hay mayores referencias a este respecto en los datos proporcionados por la PGR y el sistema judicial, pero por los resultados del estudio de la CMDPDH sabemos que la efectividad de los juicios contra personas arraigadas ronda apenas 3 por ciento de las consignaciones, lo cual es un indicador muy bajo para afirmar la efectividad de la fiesta punitiva.

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