Tratados y maltratados
Porfirio Muñoz Ledo
En estos turbulentos días del período de sesiones que agoniza algunos avances legislativos se han logrado, como la Ley de trata de personas, la de víctimas o las reformas a la seguridad social para proteger a las parejas homosexuales. Otros despropósitos mayores evitamos, pero ciertos retrocesos graves se registraron, a pesar de la insurgencia parlamentaria, como la Ley sobre celebración y aprobación de Tratados.
Este instrumento vendría a reemplazar otros dos vigentes: uno sobre tratados en general y otro sobre tratados en materia económica. El propósito último de la minuta proveniente del Senado es introducir y regular en nuestra legislación los tristemente célebres “acuerdos ejecutivos” y darles mayor alcance a los llamados “interinstitucionales” a través de los cuales se han hecho en la práctica lamentables cesiones de soberanía durante los últimos decenios.
Los argumentos que se esgrimen son insostenibles y anticonstitucionales. Se afirma que en adelante esos instrumentos tendrán la aprobación de la Secretaría de Relaciones Exteriores y se notificará de ellos al Senado. Se soslaya sin embargo que dicha dependencia está jerárquicamente sometida al Ejecutivo y que está violentando el principio de equilibrio de poderes, que obliga desde los orígenes de la nación (el Imperio de Iturbide) a someter a la aprobación del Congreso y -a partir de su restablecimiento- del Senado los acuerdos internacionales que comprometen al Estado mexicano.
En estos turbulentos días del período de sesiones que agoniza algunos avances legislativos se han logrado, como la Ley de trata de personas, la de víctimas o las reformas a la seguridad social para proteger a las parejas homosexuales. Otros despropósitos mayores evitamos, pero ciertos retrocesos graves se registraron, a pesar de la insurgencia parlamentaria, como la Ley sobre celebración y aprobación de Tratados.
Este instrumento vendría a reemplazar otros dos vigentes: uno sobre tratados en general y otro sobre tratados en materia económica. El propósito último de la minuta proveniente del Senado es introducir y regular en nuestra legislación los tristemente célebres “acuerdos ejecutivos” y darles mayor alcance a los llamados “interinstitucionales” a través de los cuales se han hecho en la práctica lamentables cesiones de soberanía durante los últimos decenios.
Los argumentos que se esgrimen son insostenibles y anticonstitucionales. Se afirma que en adelante esos instrumentos tendrán la aprobación de la Secretaría de Relaciones Exteriores y se notificará de ellos al Senado. Se soslaya sin embargo que dicha dependencia está jerárquicamente sometida al Ejecutivo y que está violentando el principio de equilibrio de poderes, que obliga desde los orígenes de la nación (el Imperio de Iturbide) a someter a la aprobación del Congreso y -a partir de su restablecimiento- del Senado los acuerdos internacionales que comprometen al Estado mexicano.
La trampa consiste en introducir en una Ley de Tratados instrumentos que no lo son, con lo cual se les equipara con aquellos, pero sin el requisito de su aprobación por un órgano del Poder Legislativo. Es la intención otorgar una base legal a los acuerdos que se han venido suscribiendo en la esfera económica, la seguridad pública y la estrategia militar para combatir el crimen. Significa reconocer un rango del que carecen a acuerdos tales como el ASPAN o la Iniciativa Mérida que han sido en los años recientes la matriz misma de nuestra dependencia.
A través de “acuerdos ejecutivos” se permitirá a la Presidencia de la República y a sus órganos ejecutivos celebrar tratados, aunque lleven un nombre distinto, sin la aprobación del Senado sobre asuntos comerciales, de exploración o explotación de hidrocarburos, de energía eléctrica, ingreso de tropas extranjeras, entre otras cuestiones vitales requiriendo sólo una opinión favorable de la Cancillería, trastocada de la suerte en Corte Constitucional.
Celebramos en la Comisión de Relaciones Exteriores diversos diálogos y encuentros con especialistas, incluyendo embajadores de México. La opinión de los convocados fue unánime en contra del proyecto, se intentaron dictámenes y redacciones alternativas y sin embargo las dirigencias de los grupos del PRI y del PAN coincidieron en no modificar el texto ya que comparten el mismo proyecto histórico. Presenté un voto particular e introdujimos 37 reservas que fueron rechazadas. No obstante alcanzamos 70 votos libres en nuestro favor.
Quedó claro que la Ley aprobada es contraria al artículo 133 de la Constitución, para el que un Tratado debe ser necesariamente suscrito por el Presidente de los Estados Unidos Mexicanos y aprobado por el Senado. De manera análoga se pronuncia el artículo 7 de la Convención de Viena sobre el derecho de los Tratados, que hoy tiene en México jerarquía constitucional, lo que abre la puerta para contravenir la validez de ese género de acuerdos por la vía jurisdiccional.
Ello ocurrió recientemente en Colombia, cuya Corte Constitucional anuló un acuerdo para el establecimiento de una base militar, celebrado entre el gobierno de ese país y el de los Estados Unidos. El máximo tribunal sostuvo que “ese instrumento involucra nuevas obligaciones para el Estado colombiano”, por lo que “debió haber sido tramitado como un tratado internacional y sometido a la aprobación del Congreso de la República”.
Quedó en el tintero parlamentario, como otras iniciativas de gran calado, el proyecto de reforma constitucional para una Política Exterior de Estado, tendiente a fortalecer en el largo plazo los instrumentos que favorezcan la independencia nacional. Vendrán tiempos mejores, si los ciudadanos lo deciden.
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